Subsidios y Beneficios - SEPTIEMBRE |
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega un beneficio tangible, sino que entrega herramientas para fortalecer las capacidades personales.
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias.
Subsidio o Beneficio: | UNIDAD ESTRATIFICACIÓN SOCIAL | ||||||||||||||||
Diseño del Subsidio o Beneficio | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Individualización del acto que estableció el programa | Enlace a mayor información | N° SUPERVISIONES / ATENCIONES RHS | N° RHS APLICADAS | N° SOLICITUDES RSH | ENTREGA DE CERTIFICADOS | CONSULTAS SOLICITUDES WEB | |||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Tipo | Denominación | Número | Fecha | Link texto integro | |||||||
DPTO. SOCIAL |
RESIDIR EN
LA COMUNA DE TEMUCO • FOTOCOPIA DE CEDULA DE IDENTIDAD DE LOS INTEGRANTES MAYORES DE EDAD QUE COMPONEN EL GRUPO FAMILIAR Y CERTIFICADOS DE NACIMIENTO EN EL CASO DE LOS MENORES DE 18 AÑOS. * ACREDITAR DOMICILIO CON LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS, CERTIFICADO DE RESIDENCIA JJ.VV, CUENTAS CASA COMERCIAL O TELEFONÍA, CONTRATO ARRIENDO, BOLETAS DE SERVICIOS BÁSICOS INDICANDO SU NOMBRE Y DIRECCIÓN ACTUAL (SOLO UNO DE ELLOS). • LIQUIDACIÓN DE SUELDO EN EL CASO DE LAS PERSONAS QUE TRABAJAN CON CONTRATO. • COLILLA DE PAGO DE PENSIÓN. |
$ 95.155.000 | DURANTE TODO EL AÑO | NO APLICA |
1 MES DESPUÉS DE APLICADO EL REGISTRO EN EL DOMICILIO. |
REQUISITO PARA LOS BENEFICIOS SOCIALES QUE ENTREGA EL ESTADO. | DECRETO | APRUEBA PROGRAMA DE APLICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE FICHA SOCIAL | 126 | 11-01-2019 | www.temuco.cL www.registrosocial.gob.cl | 2.319 | 480 | 371 | 1.221 | 801 |
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Subsidio o Beneficio: | PROGRAMA HABILIDADES PARA LA VIDA | |||||||||||
Diseño del Subsidio o Beneficio | Objetivo del Programa | Individualización del acto que estableció el programa | Enlace a mayor información | |||||||||
Programa | Descripción del Programa | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. |
Tipo |
Descripción | Numero | Fecha | Link texto integro | ||
Habilidades para La Vida |
Programa de Salud Mental Infantil dirigido a niños, niñas del primer y segundo nivel de transición en educación parvularia y del primer ciclo básico en establecimientos educacionales Municipales o particulares subvencionados, con alto índice de vulnerabilidad socioeconómica y psicosocial. |
$ 135.358.000 |
13-02-2019 al 31-12-2020 |
Las
Escuelas que se integran al Programa no acceden a este beneficio a
través de demanda espontánea, sino que son convocados por el
MUNICIPIO, quien se rige por el registro de vulnerabilidad entregado
por JUNAEB, utilizándose los siguientes criterios de selección: |
Establecidos por Convenio |
Busca contribuir a aumentar el éxito en el desempeño escolar. Persigue el bienestar psicosocial. Enriquece las competencias personales (relaciones afectivas y sociales). Disminuir daños en salud (Depresión, alcoholismo, suicidio, drogadicción) |
Decreto | Convenio 2019 Programa Habilidades Para La Vida de fecha 28/01/2019, suscrito entre la Municipalidad de Temuco y la Junta de Auxilios Escolar y Becas, JUNAEB. El decreto Alcaldicio Número 118 del 15/02/2019 que aprobó el Programa Habilidades Para La Vida para el periodo 2016-2017. La facultades contenidas en la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. | 118 |
15-02-2019 |
Más Información |
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias.
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias.
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Subsidio o Beneficio: | CAPACITACIÓN E INSERCIÓN LABORAL | ||||||||||||
Diseño del Subsidio o Beneficio | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Individualización del acto que estableció el programa | Enlace a mayor información | Cantidad de beneficiarios | |||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Tipo | Denominación | Número | Fecha | Link texto integro | |||
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONOMICO | hombres y mujeres mayores de 18 años pertenecientes la comuna de temuco. | $ 49.738.452 | No hay | Hombres y Mujeres en búsqueda de empleo. | No hay | Intermediar entre la oferta de vacantes laborales y la demanda de personas en situación de cesantía promoviendo y gestionando procesos permanentes de capacitación y habilitación laboral que permitan mejorar las competencias laborales de los usuarios carenciados socialmente en la comuna de Temuco. | Decreto | Decreto Alcaldicio que establece el programa OMIL | 29 | 07/01/2019 | www.temucochile.omil.cl, www.bne.cl, www.facebook.com/omil.temuco | Mes de Septiembre 311 nuevos inscritos |
Nómina se resguarda (sólo nómina de inscritos) y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Subsidio o Beneficio: | PROGRAMA SUBSIDIO AL PAGO DE CONSUMO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO URBANO Y SAP RURAL | ||||||||||||
Diseño del Subsidio o Beneficio | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Individualización del acto que estableció el programa | Enlace a mayor información | Número de beneficiarios | |||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. |
Tipo |
Denominación | Número | Fecha | Link texto integro | |||
DEPARTAMENTO SOCIAL |
a.- Cédula de identidad del jefe de
familia. b.- Boleta de
consumo del servicio de agua |
No aplica | Mensual / Permanente | Prelación por Tramo Socioeconómico en el Registro Social de Hogares | Los establecidos en la Ley 18.788 y su Reglamento | Otorgar subsidio que permita rebajar el costo del consumo de agua potable. | Resolución Exenta | Redistribuye entre las comunas de la novena región el presupuesto y máximo de cupos a otorgar por concepto de SAP urbano | 313 | 22-02-2019 |
www.ministeriodesarrollosocial.cl www.temucochile.com/thetramites/dideco.htm |
520 Beneficiarios | |
DEPARTAMENTO SOCIAL |
a.- Cédula de identidad del jefe de
familia. b.- Boleta de
consumo del servicio de agua |
No aplica | Mensual / Permanente | Prelación por Tramo Socioeconómico en el Registro Social de Hogares | Los establecidos en la Ley 18.788 y su Reglamento | Otorgar subsidio que permita rebajar el costo del consumo de agua potable Rural | Resolución Exenta | Redistribuye entre las comunas de la novena región el presupuesto y máximo de cupos a otorgar por concepto de SAP rural. | 313 | 22-02-2019 |
www.ministeriodesarrollosocial.cl www.temucochile.com/thetramites/dideco.htm |
02 Beneficiarios |
Subsidio o Beneficio: |
PROGRAMA SUBSIDIO DISCAPACIDAD MENTAL |
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Diseño del Subsidio o Beneficio | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Individualización del acto que estableció el programa | Enlace a mayor información | Número de subsidios otorgados | |||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. |
Tipo |
Denominación | Número | Fecha | Link texto integro | |||
DEPARTAMENTO SOCIAL |
a.- Certificado de nacimiento. b.- Haber sido declarado con discapacidad mental por COMPIN c.- Presentar un puntaje igual o inferior a 8.500 en la Fichade Protección Social.
d.- No tener ingresos propios o
percápita superior a $55.927,77 inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. |
No aplica |
Mensual / Permanente |
Los establecidos en la Ley 18.600 y su Reglamento | Los establecidos en la Ley 18.600 y su Reglamento | Entregar ayuda pecuniaria a menores de 18 años de edad, con discapacidad mental, de acuerdo a requisitos establecidos en la Ley. | RESOLUCIÓN EXENTA | Otorga SDM | 1.987 | 02-09-2019 | www.ips.gob.cl www.temucochile.com/thetramites/dideco.htm | 02 |
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Subsidio o Beneficio: |
PROGRAMA SUBSIDIO ÚNICO FAMILIAR |
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Diseño del Subsidio o Beneficio | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Individualización del acto que estableció el programa | Enlace a mayor información | Número de subsidios otorgados | |||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. |
Tipo |
Denominación | Número | Fecha | Link texto integro | |||
DEPARTAMENTO SOCIAL |
DOCUMENTOS A PRESENTAR: a.- Certificado de nacimiento. b.- Certificado de Control Niño Sano extendido por elcorrespondiente Servicio de Salud (menores de 6 años) c.-
Certificado de alumno regular (mayores de 6 años acreditar la invalidez o deficiencia mental.
e.- Certificado emitido por la matrona
del Servicio |
No aplica | Mensual / Permanente | Los establecidos en la Ley 18.020 y su Reglamento | Los establecidos en la Ley 18.020 y su Reglamento | Entregar ayuda pecuniaria a menores de 18 años de edad, embarazadas, discapacitados de cualquier edad y madres de acuerdo a requisitos establecidos en la Ley. |
Decreto Alcaldicio |
Otorga SUF. |
47 | 02-09-2019 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.cl www.temuco.clwww.temucochile.com/thetramites/dideco.htm |
1.318 SUBSIDIOS OTORGADOS |