Subsidios y Beneficios - ABRIL |
Subsidio o Beneficio: | UNIDAD ESTRATIFICACIÓN SOCIAL | ||||||||||||||
Diseño del Subsidio o Beneficio | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Individualización del acto que estableció el programa | Enlace a mayor información | N° SUPERVISIONES / ATENCIONES FPS | N° FPS APLICADAS | N° SOLICITUDES FPS | |||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Tipo | Denominación | Número | Fecha | Link texto integro | |||||
DPTO SOCIAL |
RESIDIR EN LA COMUNA
DE TEMUCO •
CEDULA DE IDENTIDAD DE TODOS LOS MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR O
CERTIFICADOS DE NACIMIENTO EN EL CASO DE LOS NIÑOS
PEQUEÑOS.(OBLIGATORIO TENER). |
$ 81,880,000 | DURANTE TODO EL AÑO | NO APLICA |
1 MES DESPUÉS DE APLICADO EL REGISTRO EN EL DOMICILIO. |
REQUISITO PARA LOS BENEFICIOS SOCIALES QUE ENTREGA EL ESTADO. | DECRETO | APRUEBA PROGRAMA DE ESTRATIFICACIÓN | 4.165 | 26-12-2016 | www.temucochile.com www.fichaproteccionsocial.cl | 2015 | 538 | 546 |
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias.
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega un beneficio tangible, sino que entrega herramientas para fortalecer las capacidades personales.
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias.
No se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias
Subsidio o Beneficio: PROGRAMA SUBSIDIO AL PAGO DE CONSUMO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO URBANO Y SAP RURAL Diseño del Subsidio o Beneficio Objetivo del Subsidio o Beneficio Individualización del acto que estableció el programa Enlace a mayor información Número de beneficiarios Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Tipo
Denominación Número Fecha Link texto integro DEPARTAMENTO SOCIAL a.- Cédula de identidad del jefe de familia. b.- Boleta de consumo del servicio de agua
c.- Estar encuestado con la Ficha de Protección Social.
potable que acredite estar al día
en los pagos (fotocopia)No aplica Mensual / Permanente Prelación por puntaje FPS Los establecidos en la Ley 18.788 y su Reglamento Otorgar subsidio que permita rebajar el costo del consumo de agua potable. Resolución Exenta Redistribuye entre las comunas de la novena región el presupuesto y máximo de cupos a otorgar por concepto de SAP urbano 183 24-02-2017 547 Beneficiarios DEPARTAMENTO SOCIAL a.- Cédula de identidad del jefe de familia. b.- Boleta de consumo del servicio de agua
c.- Estar encuestado con la Ficha de Protección Social.
potable que acredite estar al día en los pagos (fotocopia)No aplica Mensual / Permanente Prelación por puntaje FPS Los establecidos en la Ley 18.788 y su Reglamento Otorgar subsidio que permita rebajar el costo del consumo de agua potable. Resolución Exenta Redistribuye entre las comunas de la novena región el presupuesto y máximo de cupos a otorgar por concepto de SAP rural. 183 24-02-2017 00 Beneficiarios
Subsidio o Beneficio: PROGRAMA SUBSIDIO DISCAPACIDAD MENTAL
Diseño del Subsidio o Beneficio Objetivo del Subsidio o Beneficio Individualización del acto que estableció el programa Enlace a mayor información Número de subsidios otorgados Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Tipo
Denominación Número Fecha Link texto integro DEPARTAMENTO SOCIAL a.- Certificado de nacimiento. b.- Haber sido declarado con discapacidad mental por COMPIN
c.- Presentar un puntaje igual o inferior a 8.500 en la Ficha
de Protección Social.d.- No tener ingresos propios o percápita superior a $55.927,77
e.- Residencia continua en el país de a lo menos 3 años
(equivalente al 50% de la pensión mínima)
inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.No aplica
Mensual / Permanente
Los establecidos en la Ley 18.600 y su Reglamento Los establecidos en la Ley 18.600 y su Reglamento Entregar ayuda pecuniaria a menores de 18 años de edad, con discapacidad mental, de acuerdo a requisitos establecidos en la Ley. Resolución Exenta
Otorga SDM
323 03-04-2017 www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.cl
www.temuco.cl01 BENEFICIARIOS Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Subsidio o Beneficio:
PROGRAMA SUBSIDIO ÚNICO FAMILIAR
Diseño del Subsidio o Beneficio Objetivo del Subsidio o Beneficio Individualización del acto que estableció el programa Enlace a mayor información Número de subsidios otorgados Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Tipo
Denominación Número Fecha Link texto integro DEPARTAMENTO SOCIAL DOCUMENTOS A PRESENTAR: a.- Certificado de nacimiento.
b.- Certificado de Control Niño Sano extendido por el
correspondiente Servicio de Salud (menores de 6 años)c.- Certificado de alumno regular (mayores de 6 años
d.- Certificado médico visado por COMPIN, para
y menores de 18 años)
acreditar la invalidez o deficiencia mental.e.- Certificado emitido por la matrona del Servicio
f.- Tener un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos
de Salud (prenatal)
en la Ficha de Protección Social.No aplica Mensual / Permanente Los establecidos en la Ley 18.020 y su Reglamento Los establecidos en la Ley 18.020 y su Reglamento Entregar ayuda pecuniaria a menores de 18 años de edad, embarazadas, discapacitados de cualquier edad y madres de acuerdo a requisitos establecidos en la Ley. Decreto Alcaldicio
Otorga SUF.
24 03-04-2017 www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.cl
www.temuco.cl1.697 SUBSIDIOS OTORGADOS
Subsidio o Beneficio:
PROGRAMA PRODER Diseño del Subsidio o Beneficio Objetivo del Subsidio o Beneficio Individualización del acto que estableció el programa Enlace a mayor información N° de beneficiarios Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Tipo Denominación Número Fecha Link texto integro DIRECCIÓN DE DESARROLLO RURAL - El mayor ingreso del usuario debe provenir principalmente de la explotación agrícola: Esto significa que la explotación agrícola debe representar el ingreso principal o esencial. No se consideran los ingresos económicos como ayuda asistencial o pensiones.
- Que trabaje directamente la tierra: implica que la persona administre su explotación agrícola, labore la tierra directamente.
- Cualquiera sea su régimen de tenencia del predio: Propietario, arrendatario, comodatario, mediero u ocupante.
- Que habite en el campo: Vivir o morar en el lugar o casa (excepciones; aquellas personas que vivan en la ciudad de Temuco, previo a un informe técnico realizado por los profesionales del programa, en donde se acredita que el postulante trabaja el predio, pueden calificar como usuarios PRODER).
- Ser un socio activo de una organización de pequeños agricultores: Participar constantemente de una comunidad o comité.
- Usuarios únicos del programa: No debe existir duplicidad de programas en un mismo núcleo familiar.
- Pertenecer al sector rural.MUNICIPAL $ 191.558.939.-
Enero a Diciembre (durante el año según disponibilidad de cupos) Cumplimiento de requisitos. No pueden ser beneficiarios aquellas familias que cuenten con algún integrante que actualmente se encuentran con asesoría de otros programas PRODESAL- PDTI Inmediata según disponibilidad de cupos Es un programa MUNICIPAL, cuya principal función es promover el desarrollo productivo de la pequeña agricultura familiar campesina en armonía con los recursos naturales y la protección del medio ambiente. Además vincula a la familia con los departamentos operativos del Municipio, con las instituciones públicas y con los programas de fomento productivo Decreto Programa PRODER N° 4.165 26/12/2016 Más Información Abril 213 Beneficiarios -
Normalización con decreto adjunto
Subsidio o Beneficio:
PROGRAMA PDTI (EX PRODESAL) Diseño del Subsidio o Beneficio Objetivo del Subsidio o Beneficio Individualización del acto que estableció el programa Enlace a mayor información N° de beneficiarios Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Tipo Denominación Número Fecha Link texto integro DIRECCIÓN DE DESARROLLO RURAL • Cumplir con las condiciones para ser beneficiario, según la Ley Orgánica de INDAP Nº 18.910, modificada por la Ley Nº 19.213, de acuerdo a lo establecido en el procedimiento para la acreditación de la condición de usuario de INDAP.
• Cumplir con los requisitos generales establecidos en el Reglamento General para la entrega de Incentivos Económicos de Fomento Productivo de INDAP y sus modificaciones.
• Presentar demandas de apoyo para autoconsumo y/o incubación de emprendimientos económicos
MUNICIPAL $ 31.520.157.-
Enero a Diciembre (durante el año según disponibilidad de cupos) Cumplimiento de requisitos. Inmediata según disponibilidad de cupos El Programa centra la atención en los pequeños productores agrícolas, campesinos y sus familias, independientemente de su disponibilidad de recursos.
Los usuarios se organizan en Unidades Operativas Comunales, que es una agrupación de usuarios organizados según sus intereses, vocación productiva, identidad, interrelaciones sociales y productivas/comerciales, entre otros, que estará conformada por un número variable de Grupos organizados por afinidad de su actividad productiva y/o según territorio o localidad. Esta agrupación, junto con compartir una cierta vecindad geográfica y similitud en cuanto a estrategias de desarrollo, servirá además como espacio de participación, coordinación y diálogo entre los usuarios, en la perspectiva de ampliar el capital social y económico de los territorios.
Decreto Programa PRODESAL N° 4.165 26/12/2016 Más Información Abril 887 Beneficiarios Normalización con decreto adjunto
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.
Subsidio o Beneficio: PROGRAMA HABILIDADES PARA LA VIDA Diseño del Subsidio o Beneficio Objetivo del Programa Individualización del acto que estableció el programa Enlace a mayor información Programa Descripción del Programa Monto global asignado Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Tipo
Descripción Numero Fecha Link texto integro Habilidades para La Vida
Programa de Salud Mental Infantil dirigido a niños, niñas del primer y segundo nivel de transición en educación parvularia y del primer ciclo básico en establecimientos educacionales Municipales o particulares subvencionados, con alto índice de vulnerabilidad socioeconómica y psicosocial.
$ 128.024.000
01-05-2017 a3 31-02-2017 Las Escuelas que se integran al Programa no acceden a este beneficio a través de demanda espontánea, sino que son convocados por el MUNICIPIO, quien se rige por el registro de vulnerabilidad entregado por JUNAEB, utilizándose los siguientes criterios de selección:
1.- Escuelas que presenten los mas altos índices de vulnerabilidad. 2.- Escuelas que se encuentren ubicadas dentro de radio urbano.
3.- Escuelas que tengan incorporadas pre-básica.Establecidos por Convenio Busca contribuir a aumentar el éxito en el desempeño escolar. Persigue el bienestar psicosocial. Enriquece las competencias personales (relaciones afectivas y sociales). Disminuir daños en salud (Depresión, alcoholismo, suicidio, drogadicción)
Decreto Convenio 2016 Programa Habilidades Para La Vida de fecha 30 de diciembre de 2016, suscrito entre la Municipalidad de Temuco y la Junta de Auxilios Escolar y Becas, JUNAEB. El decreto Alcaldicio Número 126 del 13/02/2017 que aprobó el Programa Habilidades Para La Vida para el periodo 2016-2017. La facultades contenidas en la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. 126 13-02-2017
Más
InformaciónNo se adjunta nómina por ser un programa que no entrega el beneficio directamente, sino que realiza una asistencia previa a las familias.
Subsidio o Beneficio: PROGRAMA AYUDAS SOCIALES PALIATIVAS Diseño del Subsidio o Beneficio Objetivo del Subsidio o Beneficio Individualización del acto que estableció el programa Enlace a mayor información CANTIDAD DE BENEFICIARIOS Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto asignado para ayudas sociales Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Tipo Denominación Número Fecha Link texto integro DIDECO / DEPTO. ASISTENCIA SOCIAL A PERSONAS - PROGRAMA AYUDAS SOCIALES PALIATIVAS Evaluación social de
carencia de recursos o necesidad manifiesta para
cubrir la demanda, a través
de visita domiciliaria,
informe social u otro,
realizado por la Asistente
Social de la Municipalidad.
Documentación de
respaldo cuando así se
requiera.$ 593.964.000 Mensual / Permanente Cumplimiento
de requisitosEntrega por una vez
del beneficio
solicitado con un máximo de 3 durante el año. En
situaciones
establecidas y que se acredite el estado de necesidad manifiesta, se evaluara una próxima ayuda.Ayuda Social orientada a familias de escasos recursos económicos, que carecen de ingresos estables, cuyos montos mensuales no le permiten atender necesidades básicas. Decreto Ayuda con stock en bodega 4.165 26-12-2016 Cant. 804 DIDECO / DEPTO. ASISTENCIA SOCIAL A PERSONAS - PROGRAMA AYUDAS SOCIALES PALIATIVAS Evaluación social de
carencia de recursos o necesidad manifiesta para
cubrir la demanda, a través
de visita domiciliaria,
informe social u otro,
realizado por la Asistente
Social de la Municipalidad.
Documentación de
respaldo cuando así se
requiera.$ 593.964.000 Mensual / Permanente Cumplimiento
de requisitosEntrega por una vez
del beneficio. En
situaciones
establecidas y que se acredite el estado de necesidad manifiesta, se evaluara una próxima ayuda.Aportes o co-aportes, para atender necesidades y situaciones indispensables para el normal desarrollo de la vida personal y familiar. Situaciones en que exista un riesgo inminente a la integridad física o sobre vivencia de personas o familias, las que serán debidamente evaluadas y respaldadas técnicamente por profesional tratante. Decreto Ayudas Económicas 4.165 26-12-2016 Cant. 54 DIDECO / DEPTO. ASISTENCIA SOCIAL A PERSONAS - PROGRAMA AYUDAS SOCIALES PALIATIVAS Evaluación social de
carencia de recursos o necesidad manifiesta para
cubrir la demanda, a través
de visita domiciliaria,
informe social u otro,
realizado por la Asistente
Social de la Municipalidad.
Documentación de
respaldo cuando así se
requiera.$ 593.964.000 Mensual / Permanente Cumplimiento
de requisitosEntrega por una vez
del beneficio. En
situaciones
establecidas y que se acredite el estado de necesidad manifiesta, se evaluara una próxima ayuda.Mejorar las condiciones de habitabilidad de las familias vulnerables de la comuna. Decreto Materiales de Construcción 4.165 26-12-2016 Cant. 39 DIDECO / DEPTO. ASISTENCIA SOCIAL A PERSONAS - PROGRAMA AYUDAS SOCIALES PALIATIVAS Evaluación social de
carencia de recursos o necesidad manifiesta para
cubrir la demanda, a través
de visita domiciliaria,
informe social u otro,
realizado por la Asistente
Social de la Municipalidad.
Documentación de
respaldo cuando así se
requiera.$ 593.964.000 Mensual / Permanente Cumplimiento
de requisitosEntrega por una vez
del beneficio. En
situaciones
establecidas y que se acredite el estado de necesidad manifiesta, se evaluara una próxima ayuda.Mejorar las condiciones de habitabilidad de las familias vulnerables de la comuna. Decreto Kit de Litera 4.165 26-12-2016 Cant. 01
Nómina se resguarda y se acoge al ARTICULO 2 LETRAS F y G DE LA LEY Nº 19.628, Ley SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA.