Trámites y requisitos de acceso a servicios |
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Descripción del servicio |
Requisitos y antecedentes |
¿Realizable línea? |
Trámites a realizar o etapas |
Valor |
Lugar donde se realiza |
Información complementaria |
Inhumación de cadáveres
- |
Dirigido a: Todo familiar de fallecido
que posea propiedad en el Cementerio General, Cementerio Parque
Monteverde, o desee arrendar nicho o comprar sepultura en el Parque
Monteverde para este efecto.
Requisitos y
antecedentes:
a) Cédula de identidad del solicitante. b)
Documento de la propiedad (si lo posee) o datos para encontrar la
inscripción de la propiedad (nombre persona sepultada). c) Autorización de sepultación del Registro Civil o
Certificado Médico de Defunción cuando es fin de semana o festivo.
d) Autorización del propietario cuando el parentesco no es directo
(familiar directo: abuelos, padres, hijos o nietos incluyendo
cónyuges, del propietario). |
No |
1.- El solicitante con un día de anticipación debe presentarse en la
Of. del Cementerio con la Autorización de Sepultación o el
Certificado Médico de Defunción., datos de la sepultura para
ubicarla en los registros y en terreno. 2.- Debe mostrar la
sepultura en terreno. 3.- Pagar el derecho de sepultación y acordar
la hora del servicio. |
Derecho por inhumación de cuerpos en las diferentes clases de
sepulturas:
Patios 1 al 45 tierra sector Balmaceda 1,00 UTM.
Patio 1 al 45 nicho sector Balmaceda 0,80 UTM.
Patios del 46 al 51 Parque Monteverde 2,00 UTM.
En los Patios 1 al 45, (sector Balmaceda) la inhumación de menores
de 6 años, pagarán un 50% de los valores indicados.
(según artículo 26 y 31, Ordenanza Municipal) |
Cementerio General de Temuco y
Cementerio Parque Monteverde |
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Construcción, ampliación, o
reparación de sepultura o mausoleo - |
Dirigido a:
Toda persona que cuente con una
propiedad en el Cementerio o familiar de este y desea construirla o
repararla
Requisitos y
antecedentes:
a) Carné de identidad. b) Contrato de trabajo con el
maestro, en triplicado. (presupuesto). c) Documento de la sepultura o datos para encontrar
inscripción de la sepultura |
No |
1.- El solicitante debe presentarse en la Oficina del Cementerio con
Contrato de Trabajo en triplicado con el maestro que va a realizar la
obra. 2.- Debe entregar los datos para ubicar la sepultura en los
registros. 3.- Mostrar la sepultura en terreno. 4.- Se evalúa el
presupuesto con el trabajo a realizar y de acuerdo a eso debe pagar
el derecho ya sea por construcción o reparación, según la Ordenanza
de derechos Municipales. |
1.- La construcción y ampliación por M2. pagará 0,3
UTM o el 15% del presupuesto, cobrándose el que resulte mayor.
2.- Por la reparación de cobrará 0,1 UTM por M2. o
el 10% del presupuesto, cobrándose el que resulte mayor.
(según artículo 34 de ordenanza municipal ) |
Cementerio General de Temuco |
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Arriendo de nicho a
largo plazo 20 años, mediano plazo 05 años y corto plazo 03 meses y
02 meses para depósito de restos humanos, con el objeto de
remodelación de sepultura o mausoleo. Este valor incluye inhumación
y exhumación - Atención a toda persona que necesite arrendar o
renovar arriendo de nicho, se le entregan valores |
Dirigido a:
Toda persona que necesite
arrendar o renovar arriendo de un nicho
Requisitos y
antecedentes:
Cédula de identidad
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No |
1.- El solicitante se presente en la
Oficina del Cementerio General. 2.- Se le muestra los nichos
existente para que elija de acuerdo a precio y ubicación. 3.- Paga
el derecho correspondiente en caja del Cementerio. 4.- Una vez
escogido el nicho y el periodo de arriendo, se realiza la confeccion
del contrato. |
.- Arriendo de nichos a largo plazo (20 años) para
un cuerpo, pudiendo renovarse por una sola vez por igual periodo,
cancelando el mismo valor 1ª y 4ª fila 10,0 UTM. 2ª y 3ª fila 13,0
UTM.
.- Arriendo de nichos a corto plazo (05 años) para
un cuerpo, Pudiendo renovarse por tres periodos iguales: 1ª y 4ª
fila 5,0 UTM. 2ª y 3ª fila 6,5 UTM.
.- Arriendo de nichos adultos o párvulos, por un
periodo de tres meses pudiendo renovarse por tres periodos iguales,
cancelando el mismo valor: 1,5 UTM.
- Arriendo de nichos para depositar restos humanos,
por remodelación de tumbas o mausoleos por mes (este valor incluye
los derechos de inhumación y exhumación) 1,5 UTM.
( según artículos 28, 29 y 30 ordenanza municipal) |
Cementerio General de Temuco |
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Transferencia por enajenación de
sepultura - El solicitante presenta Escritura de Compra Venta de
sepultura, acompañando solicitud escrita de cambio de nombre a la
Administración, Todos los antecedentes se van a la Dirección de
Asesoría Jurídica con Informe, para el V°B°.
La Administración del Cementerio con el V°B° del cambio de nombre
del derecho de sepultura, solicita tasación de esta al Departamento
de Obras Municipales.
Previo pago del Derecho de Enajenación (de acuerdo a tasación), se
procede al cambio de nombre de la sepultura. |
Dirigido a:
Persona que adquiere sepultura
a un tercero
Requisitos y
antecedentes:
- Solicitud escrita de cambio de nombre sepultura. -
Escritura Pública. - Certificados para acreditar parentesco
cuando la sepultura está ocupada. (no se pueden vender sepulturas a
terceros si la sepultura se encuentra ocupada) |
No |
1.- El solicitante deberá presentar solicitud con Escritura Pública
de compraventa en el Cementerio General y cancelar el derecho de
enajenación al final del trámite, cuando la administración cuente
con la tasación de la sepultura. |
Derecho de Transferencias, por enajenación de
sepulturas, será del 10% sobre la tasación otorgada por la
Administración del Cementerio, previo informe de la Dirección de
Obras Municipales
(según artículo 32, ordenanza municipal) |
Cementerio General de Temuco y/o
Cementerio Parque Monteverde |
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Exhumaciones, reducciones y
traslado de restos humanos - Lo solicita el familiar directo y/o
usuario, para lo cual debe solicitar Certificado de propiedad y con
ese documento dirigirse a la Seremi de Salud Araucania, donde deberá
entregar además otros antecedentes solicitados por la Seremi de
Salud Araucanía Sur para que esta institución autorice o rechace la
solicitud y emita resolución ya sea de exhumación, reducción y/o
traslado. Dicha resolución se debe entregar al Parque Cementerio
General para ubicar la sepultura del fallecido en terreno y registro
en el Libro de Propiedades y se programa día y hora del
procedimiento. |
Dirigido a:
- Pariente más directo del
fallecido. - La mayoría de los familiares en el grado
mas próximo cuando son varios. - Persona con autorización de los familiares directos (Notarial).
Requisitos y
antecedentes:
- Carné de Identidad. - Resolución de la Seremi
de Salud autorizando el traslado y/o reducción del o los cuerpos. |
No |
1.- El solicitante deberá presentarse
con la documentacion solicitada en la oficina Cementerio General.
2.-Deberá entregar datos para ubicar la sepultura tanto en terreno
como en los registros. 3.- Se revisa la sepultura en terreno, se
programa día y hora de traslado. 4.- Se coordina día y fecha con el
funcionario de la Seremi de Salud (en caso de ser necesario) que
debe inspeccionar el procedimiento. El solicitante debe pagar el
derecho de acuerdo a la Ordenanza de Derechos Municipales, una vez
realizado el procedimiento. |
1.- Exhumación sin traslado de sepultura ni
reducción 0,6 UTM.
2.- Exhumación con reducción (osamentas) Aprox. Mas
de 20 años de sepultación, sin traslado de sepultura 0,5 UTM.
3.- Exhumación con reducción (osamentas Aprox. Mas
de 20 Años de sepultación) y con traslado de sepultura. 1,5 UTM.
4.- exhumación Judicial Exento.
5.- Exhumación sin reducción y con traslado de
sepultura -Cementerio General 1,8 UTM. -Parque Monteverde 3,00 UTM
6.- exhumación sin reducción y extracción del
Cementerio -Cementerio General 2,0 UTM. -Parque Monteverde 3,0 UTM
7.- exhumación con reducción (osamentas) Aprox. Mas
de 20 años de sepultación y extracción del Cementerio. -Cementerio
General 1,8 UTM.
8.- Traslado de restos desde Cementerio General a
Parque Monteverde -Sin reducción 3,0 UTM. -Con reducción 2,80 UTM
En Cementerio General, las exhumaciones, reducciones
y traslados de menores de 6 años, pagarán el 50% de los valores
indicados.
( según artículo 33, ordenanza municipal) |
Cementerio General de Temuco y/o
Cementerio Parque Monteverde |
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Derechos por reparación,
construcción y/o ampliaciones de sepulturas y mausoleos . |
Derechos por reparación, construcción
y/o ampliaciones de sepulturas y mausoleos - .
Requisitos y antecedentes:
- Cédula de Identidad
- Contrato de trabajo en triplicado |
No |
1.- El solicitante debe presetarse en
la Oficina del Cementerio con Contrato de Trabajo en triplicado con
el mestro que va a realizar la obra. 2.- Debe entregar los datos
para ubicar la sepultura en los registros. 3.- Mostrar la sepultura
en terreno. 4.- Se evalúa el presupuesto con el trabajo a realizar y
de acuerdo a eso debe pagar el derecho ya sea por construcción,
modificación o reparación, según la Ordenanza de derechos
Municipales. |
La
construcción y ampliación por M2 pagará 0,3 UTM ó el 15 % del
presupuesto de la obra, cobrándose el que resulte mayor
Por la reparación se cobrará 0,1 UTM por
M2 ó el 10 % del presupuesto, cobrándose el que resulte mayo
Por retiro de escombros por construcción
de sepultura sepultura 0,2 UTM
Por retiro de escombros por construcción
de mausoleo 0,5 UTM
Por reparación de Mausoleo 0,2 UTM
(según artículo 34, ordenanza
municipal) |
Cementerio General de Temuco |
No hay más información |
Emitir Certificados -
Emitir certificados de Sepultación, Propiedad o
de cualquier otra naturaleza |
Dirigido a: Personas que necesiten
acreditar una propiedad o sepultación o lo necesiten para los fines
que estimen pertinente.
Requisitos y
antecedentes:
Cedula de Identidad |
No |
1.- El solicitante deberá entregar la
información que corresponda para la ubicación de la sepultura en los
registros de propietarios y la ubicación en terreno, y pagar el
valor de acuerdo a la Ordenanza de Derechos municipales. 2.- Debe
retirar el Certificado al día siguiente. |
Sepultación 0,04 UTM.
Propiedad y otros 0,08 UTM.
( según artículo 35, ordenanza municipal) |
Cementerio General de Temuco y/o
Cementerio Parque Monteverde |
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Venta de terrenos
Sólo en Parque Monteverde
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Dirigido a:
Personas que necesiten realizar
proceso de inhumacion de un familiar, u otro usuario
Requisitos y
antecedentes:
Cedula de Identidad |
No |
1.- Dirigirse a oficina del parque, en
donde le mostrarán los patios para que elija. 2.- Usuario se debe
presentar en Oficina del cementerio General para pagar los Derechos
estipulados de acuerdo a la ordenanza de Derechos Municipales 3.-
Deberá firmar Contrato de Compraventa ante Notario. 4.- Entregar en
oficina del Cementerio General ambas copias de contrato para firma
de autoridades. 5.- Retiro de contrato en dependencias de Cementerio
Parque Monteverde |
Desde 26 UTM a 34 UTM ( según
artículo 26, ordenanza municipal) |
Cementerio Parque Monteverde |
No hay más información |
Pago de Mantención Anual de
terrenos en Cementerio Parque Monteverde |
Dirigido a: Personas que necesiten
realizar pago de mantencion de una sepultura en Cementerio Parque
Monteverde Requisitos y antecedentes: Rut propietario de la
sepultura |
Sí |
1.- Dirigirse a oficina del Cementerio
General o realizar el trámite a través de la página de la
Municipalidad www.temuco.cl 2.- Indicar o ingresar Rut del
propietario de la sepultura ubicada en Cementerio Parque Monteverde
3.- Proceder al pago del(os) Derecho(s) de mantención |
Cuota de mantención anual hasta el 31
de diciembre de 2018 - 0,5 UTM Cuota de mantención anual desde el 01
de enero de 2019 - 0,75 UTM (según artículo 35, ordenanza
municipal) |
Cementerio Parque Monteverde |
No hay más información |
Pago de Mantención a Perpetuidad de
terrenos en Cementerio Parque Monteverde |
Dirigido a: Personas que necesiten
realizar pago de mantención a perpetuidad de una sepultura en
Cementerio Parque Monteverde Requisitos y antecedentes: Rut
propietario de la sepultura |
No |
1.- Dirigirse a oficina del Cementerio
General 2.- Indicar Rut del propietario de la sepultura ubicada en
Cementerio Parque Monteverde 3.- Proceder al pago del Derecho de
mantención perpetua |
Mantención a perpetuidad sepulturas
Cementerio Parque Monteverde 25 UTM (según artículo 35, ordenanza
municipal) |
Cementerio Parque Monteverde |
No hay más información |
Realizar excavación en una
sepultura para ver la capacidad para un futuro Servicio en
Cementerio General. |
Dirigido a: Personas que necesiten
verificar capacidad de sepultura en Cementerio General Requisitos
y antecedentes:
Indicar personas sepultadas en el lugar
Firmar autorización de prueba de sepultura (en caso de ser
propietario); ó Autorización notarial de la mayoría de los herederos
directos del propietario para la prueba de sepultura (en caso de
fallecimiento del propietario) |
No |
1.- Dirigirse a oficina del Cementerio
General 2.- Indicar propietario o persona inhumada en sepultura
ubicada en Cementerio General 3.- Presentar la documentación
requerida de acuerdo al caso (Propietario o herederos) |
Realizar excavación en una sepultura
para ver la capacidad para un futuro Servicio en Cementerio General.
0,3 UTM (según artículo 35, ordenanza municipal) |
Cementerio General de Temuco |
No hay más información |
Por pulido de una sepultura con
implementos eléctricos en Cementerio General |
Dirigido a: Personas que necesiten
realizar mantención de una sepultura en Cementerio General
Requisitos y antecedentes:
Cedula de Identidad
Contrato de trabajo en triplicado |
No |
1.- Dirigirse a oficina del Cementerio
General 2.- Indicar propietario o persona inhumada en sepultura
ubicada en Cementerio General 3.- Mostrar la sepultura en terreno
4.- Proceder al pago del Derecho por pulido de sepultura |
Sepultura simple 0,25 UTM Sepultura
doble 0,40 UTM Sepultura Triple 0,50 UTM Mausoleo 2,00 UTM (según
artículo 35, ordenanza municipal) |
Cementerio General de Temuco |
No hay más información |